Todo daño físico y/o psíquico sufrido en el trabajo, o en el trayecto hacia o desde el mismo, debe ser tratado y resarcido por la ART. La Aseguradora es la que deberá brindar las prestaciones médicas y dinerarias necesarias y, en su caso, abonar la indemnización por la incapacidad producida.
¿Qué podemos hacer por vos?
- Denuncia inmediata del accidente ante la ART.
- Seguimiento de las prestaciones médicas que te corresponden.
- Determinación del grado de incapacidad con peritos médicos especializados.
- Reclamo de indemnización por incapacidad laboral.
- Demanda judicial contra la ART en caso de incumplimiento o rechazo.
- Acompañamiento en Comisiones Médicas ante la SRT.
¿Cuándo consultar?
No importa si fue un accidente leve o grave. Si sufriste cualquier daño en tu lugar de trabajo o yendo/volviendo del mismo, tenés derecho a una reparación. Consultanos lo antes posible para proteger tus plazos y derechos.
